La ley 21.147, que regula el uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos motorizados, señala que vehículos livianos o medianos podrán contar con este tipo de accesorios siempre que cumplan con un factor de transmisión regular de la luz y las certificaciones establecidos en dicho reglamento.

A partir de este jueves 11 de agosto las plantas de revisión técnica del país inspeccionarán obligatoriamente este tipo de elementos, con el fin de resguardar la correcta visibilidad a la hora de conducir y luego de un período de marcha blanca que tuvo una duración de 3 meses.

La Seremitt Biobío, Claudia García Lima, llegó hasta la Planta de Revisión Técnica en San Pedro de la Paz para conocer los instrumentos de medición y para hacer un llamado a los conductores a respetar esta norma. “Uno de los ejes de nuestro Ministerio es la seguridad vial, por lo que se busca con esta norma es que los vidrios cumplan con un cierto rango de trasparencia para buena visibilidad y que no distorsionen las imágenes o colores u objetos que se ven desde dentro de los vehículos. Aquellos vehículos que no cumplan con el porcentaje de transmisión de luz, su revisión técnica será rechazada y en el caso que los conductores –pese a ello- insistan con transitar con el vehículo en esas condiciones se exponen a ser multados por Carabineros”.

La autoridad regional destacó algunos aspectos clave para tener en cuenta a la hora de instalar este tipo de accesorios:

 

  • Nivel de transmisión de la luz adecuado, dependiendo del tipo de vehículo:

 

  Vehículos livianos y medianos Taxis y Transporte Escolar
Vidrios laterales delanteros 70% 70%
Vidrios laterales traseros 28% 50%
Luneta trasera 28% 70%

 

  • Adicionalmente, tanto los polarizados como las láminas de seguridad deben ser no reflectivas, es decir, ni metálicas ni espejadas.

 

  • Además, el valor del factor deberá ser grabado en la lámina mediante la incorporación de un sello en relieve e indeleble. Este debe indicar además el nombre y el RUT del instalador.